Fabricantes de energía solar
EPEAT®, la principal etiqueta ecológica mundial de tipo 1 para productos electrónicos, ofrece a los fabricantes criterios significativos, verificación por terceros y marcos fáciles de entender que aportan transparencia a los compradores.
Los Criterios EPEAT para módulos fotovoltaicos e inversores (PVMI), así como los Criterios solares ultrabajos en carbono para módulos solares que los acompañan, ofrecen varias oportunidades únicas para los fabricantes y sus clientes.
Oportunidades para los fabricantes

Posición de liderazgo
Destacar entre los fabricantes ofreciendo productos con bajas emisiones de carbono incorporadas, fundamentales para reducir eficazmente las emisiones de alcance 3.

Diseño de productos y criterios de la cadena de suministro
Los Criterios de la EPEAT abordan el cambio climático y las cuestiones laborales que son un foco común de la mayoría de las iniciativas e informes de ESG y CSR.

Verificación por terceros
Se confía en que los productos registrados en la EPEAT cumplen criterios rigurosos a lo largo de todo el ciclo de vida del producto, desde la extracción de recursos y la fabricación, pasando por el montaje, el uso y el final de la vida útil.

Sensibilización de los compradores institucionales
Acceda a compradores que estipulen en los contratos productos registrados en la EPEAT.

Recomendaciones de la EPA de EE.UU. sobre normas y etiquetas ecológicas
La EPA estadounidense incluye los paneles solares registrados por la EPEAT en sus recomendaciones de normas y ecoetiquetas.
EPEAT SOLAR MODULAR UMBRALES DE CARBONO
Aunque los módulos solares son conocidos por su generación de electricidad sin emisiones de carbono, muchos se fabrican de formas que limitan su eficacia global en la reducción de emisiones. En la actualidad, la mayoría de los módulos solares pueden rastrear entre el 50% y el 80% o más de su carbono incorporado hasta estos pasos iniciales en sus cadenas de suministro de productos. A medida que el sector energético y sus clientes tratan de reducir las emisiones de alcance 3, deben abordar el carbono incorporado de la energía solar.
La EPEAT es la única ecoetiqueta mundial que aborda la cuestión, a menudo olvidada, de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) durante la producción de módulos solares, permitiendo a compradores, promotores e inversores reducir su huella de carbono global en esta parte clave de la infraestructura de las energías renovables. Además de los criterios PVMI exigidos, los módulos solares también deben cumplir o superar un umbral de bajas emisiones de carbono exigido, que se puede encontrar en los criterios EPEAT Ultra Low Carbon Threshold. Este segundo conjunto de criterios no se aplica a los inversores solares.
Este segundo conjunto de criterios para módulos solares también contiene un umbral opcional de carbono más bajo que los fabricantes pueden cumplir.
630
kg CO₂e /kWp
Necesario: Energía solar baja en carbono
Los módulos solares deben alcanzar este umbral para obtener el registro EPEAT.
400
kg CO₂e /kWp
Opcional: Energía solar ultrabaja en carbono
Los módulos solares que cumplen con este umbral califican para la designación de producto EPEAT Climate+ ™.

EPEAT CLIMA+™
EPEAT Climate+™ es una designación de producto que ayuda a los compradores de electrónica a encontrar rápidamente productos que se ha verificado que cumplen todos los Criterios Climáticos EPEAT requeridos. Los productos que cumplen estos criterios son ideales para las organizaciones que buscan realizar un seguimiento y alcanzar objetivos de impacto climático relacionados con sus compras.
Los módulos solares registrados con la designación Climate+ han alcanzado el umbral de emisiones de carbono ultrabajas, lo que los convierte en líderes entre los módulos solares de bajas emisiones de carbono disponibles en el Registro EPEAT. Los módulos reciben un reconocimiento especial entre otros productos electrónicos líderes del sector, como ordenadores y pantallas, equipos de imagen, teléfonos móviles, televisores y servidores.
COMPROMISO GEC CLIMATE
El Compromiso GEC Climate+ pretende aprovechar el poder adquisitivo de las organizaciones comprometidas con el seguimiento y la reducción de su huella de carbono asociada a los productos electrónicos. El compromiso reúne el liderazgo y la influencia de estas organizaciones para reducir el impacto climático de los productos electrónicos. Al firmar este compromiso, los participantes se convierten en miembros integrales de una próspera comunidad de líderes y defensores del clima.
Entendiendo que las organizaciones contribuyen de diferentes maneras, este compromiso constará de dos grupos principales de firmantes: Líderes de Compra EPEAT Clima+ y Defensores de Compra EPEAT Clima+. Los Líderes de Compra son organizaciones comprometidas con la compra de Productos Clima+, mientras que los Defensores de Compra son Organizaciones e Individuos que defienden y promueven los Productos Clima+ de la EPEAT.
Cómo pueden los fabricantes registrar productos cualificados en el registro EPEAT
PASO 1: REVISIÓN DE LOS CRITERIOS EPEAT APLICABLES
Los fabricantes deben revisar primero los Criterios de la EPEAT para la categoría de productos Módulos fotovoltaicos e inversores y los Criterios de la EPEAT para la evaluación de módulos solares con emisiones ultrabajas de carbono para comprender los requisitos y determinar qué se necesita para cumplir todos los criterios exigidos.
PASO 2: CUMPLIMENTAR LOS FORMULARIOS PARA PARTICIPAR EN EL EPEAT
Los fabricantes interesados en registrar sus productos en la EPEAT firman el Acuerdo de Licencia y Fabricante Participante de la EPEAT. Los fabricantes también deben cumplimentar el Formulario de Información del Fabricante Participante de la EPEAT y abonar las tasas de Fabricante Participante de la EPEAT.
PASO 3: CONTRATAR CON UN TAXI AUTORIZADO Y SOMETERSE A LA REVISIÓN DEL PRODUCTO
Los fabricantes deben trabajar con una de las organizaciones de certificación y ensayo que componen la red global de Organismos de Garantía de la Conformidad (CAB) de la EPEAT para demostrar la conformidad con los Criterios de la EPEAT y pagar la tarifa correspondiente por ese servicio. Las tarifas las fija cada CAB de forma independiente.
Paso 4: LOS PRODUCTOS APARECEN EN EL REGISTRO EPEAT
Una vez que un CAB aprobado haya confirmado que un fabricante y su producto cumplen los Criterios EPEAT, el producto aparecerá en el Registro EPEAT y podrá ser visto y consultado por los compradores.
¿Tiene preguntas sobre el proceso?
Póngase en contacto con nosotros directamente en epeat@gec.org.